¿Es responsable un contratista de una lesión causada cuando un trabajador, en su vehículo personal, lesiona a alguien en la obra? El Tribunal de Apelación de California ha sostenido que el contratista es responsable en esas circunstancias en virtud de la doctrina legal de respondeat superior. Esta doctrina, que literalmente significa "que responda el amo", establece que un empresario es responsable de los actos de los empleados cometidos en el curso de su empleo. La teoría es que un empresario, como este contratista, controla la conducta de su trabajador y, en consecuencia, debe ser responsable de las lesiones causadas por su conducta.
Si los actos de un empleado son de naturaleza estrictamente personal, la doctrina podría no aplicarse. Pero los actos que son necesarios para la conveniencia o comodidad de un empleado en el trabajo no lo sacan del ámbito de su empleo. Así, se considera que un empleado que deja de trabajar para comer, beber o fumar en el baño sigue trabajando. Si el empleado lesiona a alguien durante estas actividades, el empresario será responsable.
Recientemente, el Tribunal de Apelación en Vogt v. Herron Construction decidió que un empleado que mueve su camión personal en el trabajo sigue actuando en el curso y ámbito de su empleo. En ese caso, había un proyecto de construcción en curso en Riverside, California. Herron Construction era el contratista encargado de la estructuración, y el empleado del contratista, mientras movía su vehículo personal, atropelló a alguien que trabajaba para el subcontratista del hormigón. El Tribunal explicó que, al mover su coche personal, el empleado del contratista no se desvió sustancialmente de su trabajo y, en consecuencia, el tribunal de primera instancia se equivocó al desestimar el caso contra el contratista.
Heimanson & Wolf representa a personas lesionadas en accidentes de construcción. Para más información Accidentes en la construcción