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Los consumidores, protegidos frente a una cláusula compromisoria abusiva en un contrato de compraventa de coches

En una victoria para los consumidores que, sin saberlo, ven frustrado su derecho al recurso judicial por cláusulas de arbitraje abusivas, el Tribunal de Apelación de California declaró inconstitucional e inaplicable una cláusula de arbitraje de un contrato de compraventa de un automóvil. En Sánchez contra Valencia Holding Companyen el reverso de la última página de un contrato de compraventa de un coche de tres páginas preimpreso se incluyó una cláusula de arbitraje. No se indicaba al comprador que firmara o pusiera sus iniciales en ninguna parte de esa página y el interlineado de la cláusula de arbitraje era menor que el del resto del contrato de compraventa, lo que dificultaba su lectura.
El Tribunal consideró que la cláusula de arbitraje cumplía los requisitos procesales de inconstitucionalidad: opresión y sorpresa. En primer lugar, el acuerdo se presentó al comprador como un "lo tomas o lo dejas" y el comprador no tuvo capacidad ni oportunidad de negociar los términos del acuerdo. En segundo lugar, el Tribunal consideró que la cláusula de arbitraje se ocultó esencialmente al comprador, en la última página del acuerdo, donde no se requería firma ni iniciales.
El Tribunal también consideró que las disposiciones de arbitraje, muy unilaterales, eran inaceptables en cuanto al fondo, ya que incluían las siguientes cláusulas:
- Un laudo arbitral superior a $100.000 era recurrible. Debido a la naturaleza de la transacción de venta de coches, esto beneficia desmesuradamente al concesionario, que es la parte con más probabilidades de que se le imponga un laudo arbitral tan elevado y la que más probablemente interpondrá recurso contra dicho laudo.
- Se permitiría la apelación en caso de que se concediera la medida cautelar a una de las partes. El consumidor es la parte con más probabilidades de solicitar una medida cautelar y se vería perjudicado por el derecho unilateral del distribuidor a recurrir.
- Si en el arbitraje no se concediera nada a ninguna de las partes, cualquiera de ellas podría solicitar un nuevo arbitraje y la parte recurrente debería pagar todos los costes del arbitraje por adelantado. Esto supondría una carga excesiva para el comprador, la parte que con mayor probabilidad interpondría un recurso si no se le concedieran daños y perjuicios en el arbitraje.
- La reposesión estaba expresamente exenta de arbitraje. En cambio, el recurso más importante del comprador, la medida cautelar, estaba sujeto a arbitraje.
La finalidad del arbitraje es ofrecer una alternativa justa al sistema judicial. Sin embargo, muchas disposiciones de arbitraje favorecen en gran medida a las empresas y resultan costosas para el consumidor. Cada vez son más los clientes que, sin saberlo, han limitado sus derechos a recurrir a los tribunales al aceptar acuerdos de arbitraje unilaterales.
Conozca sus derechos y considere los posibles resultados cuando acepte el arbitraje. A veces, las cláusulas de arbitraje, aunque pretenden ofrecer una solución rápida y eficaz a posibles conflictos, son en realidad una farsa que limita sus derechos a reclamar daños y perjuicios.

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